Calculadora de aguinaldo 2026

Cargá tu mejor sueldo bruto del semestre y, si no trabajaste el semestre completo, tu fecha de ingreso o de egreso.

Cuota
Conceptos remunerativos, antes de descuentos.

Qué es el aguinaldo

El aguinaldo, o sueldo anual complementario (SAC), es un sueldo extra que reciben todas las personas en relación de dependencia en Argentina. Equivale a medio sueldo por semestre y se paga en dos cuotas: la primera corresponde al semestre enero–junio y la segunda al semestre julio–diciembre. Lo cobran también el personal de casas particulares, los trabajadores rurales y los empleados públicos, con sus propios regímenes.

Cómo se calcula

La regla está en la Ley 23.041: cada cuota es el 50 % de la mejor remuneración mensual bruta devengada en el semestre. Se toma el mes en que más cobraste sumando todos los conceptos remunerativos: sueldo básico, antigüedad, presentismo, horas extra, comisiones y adicionales. No se suman los montos no remunerativos ni las indemnizaciones.

Aguinaldo = mejor sueldo ÷ 2

Si no trabajaste el semestre completo, porque entraste o te fuiste en el medio, corresponde el aguinaldo proporcional:

Aguinaldo proporcional = (mejor sueldo ÷ 2) × días trabajados ÷ días del semestre

El primer semestre tiene 181 días (182 en años bisiestos) y el segundo, 184. Esta calculadora cuenta los días corridos desde tu fecha de ingreso, o desde el inicio del semestre, hasta tu fecha de egreso, o hasta el fin del semestre. Algunas liquidaciones usan meses de 30 días y un semestre de 180: la diferencia es de centavos o de pocos pesos.

Ejemplo con números

Laura cobró estos sueldos brutos entre enero y junio de 2026: $ 1.000.000, $ 1.000.000, $ 1.100.000, $ 1.200.000, $ 1.150.000 y $ 1.150.000. El mejor fue el de abril, de $ 1.200.000.

Martín empezó a trabajar el 1 de octubre de 2026 con un sueldo de $ 900.000. En el segundo semestre trabajó 92 de 184 días, así que su aguinaldo proporcional es 900.000 ÷ 2 × 92 ÷ 184 = $ 225.000 brutos.

Fechas de pago y descuentos

La primera cuota vence el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. La ley da al empleador un plazo de gracia de hasta cuatro días hábiles. Sobre el aguinaldo se descuentan los mismos aportes que sobre el sueldo (jubilación, PAMI y obra social, 17 % en total) y, si ganás por encima del mínimo no imponible, retención de Ganancias. Por eso el neto que muestra la calculadora es aproximado: tu recibo puede tener otros descuentos, como la cuota sindical.

Aguinaldo en la liquidación final

Cuando termina la relación laboral, por renuncia, despido o fin de contrato, el aguinaldo del semestre en curso se paga en forma proporcional junto con la liquidación final. Para calcularlo, cargá tu fecha de egreso. Además, en la liquidación se suma el SAC que corresponde a las vacaciones no gozadas y, en caso de despido sin preaviso, el SAC sobre la indemnización sustitutiva del preaviso.

Errores comunes al calcularlo

Marco legal

El SAC está regulado por los artículos 121 a 123 de la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) y por la Ley 23.041, reglamentada por el Decreto 1078/84, que fijó el pago en dos cuotas sobre la mejor remuneración de cada semestre. La reforma laboral de 2026 (Ley 27.802) no modificó el cálculo del aguinaldo. Más información en la guía oficial de derechos laborales.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se paga el aguinaldo en 2026?

La primera cuota vence el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre. El empleador tiene un plazo adicional de hasta 4 días hábiles para acreditarlo.

¿Qué sueldo se toma para calcular el aguinaldo?

La mejor remuneración mensual bruta devengada en el semestre, incluyendo los conceptos remunerativos como horas extra, comisiones o presentismo. No se incluyen los montos no remunerativos.

¿Cómo se calcula el aguinaldo proporcional?

Se divide el mejor sueldo por dos, se multiplica por los días trabajados en el semestre y se divide por la cantidad total de días del semestre (181 en el primero, 182 en años bisiestos, y 184 en el segundo).

¿El aguinaldo tiene descuentos?

Sí. Se descuentan los mismos aportes que del sueldo: 11 % de jubilación, 3 % de PAMI y 3 % de obra social, un 17 % en total. Si corresponde, también puede haber retención de Impuesto a las Ganancias.

¿Si renuncio o me despiden cobro el aguinaldo?

Sí. En la liquidación final se paga el aguinaldo proporcional a los días trabajados en el semestre en curso, más el SAC sobre las vacaciones no gozadas y, en caso de despido, sobre el preaviso.

¿Los monotributistas cobran aguinaldo?

No. El aguinaldo es un derecho de las personas en relación de dependencia. Quien factura como monotributista no lo cobra, salvo que su contrato lo prevea.

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