Calculadora de horas extra 2026

Cargá tu sueldo y las horas extra que hiciste en el mes para saber cuánto te corresponde cobrar.

Qué son las horas extra

Las horas extra, o horas suplementarias, son las que trabajás por encima de tu jornada normal. En Argentina la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o 48 semanales (Ley 11.544), aunque muchos convenios fijan jornadas menores. Toda hora trabajada por encima de ese límite se paga con un recargo.

Cuánto se paga cada hora extra

El artículo 201 de la Ley de Contrato de Trabajo fija dos recargos sobre el valor de la hora común:

El recargo corresponde aunque el empleador no haya pedido autorización administrativa para las horas extra.

Cómo se calcula el valor de la hora

Valor hora = sueldo mensual ÷ horas trabajadas en el mes

El divisor depende de tu jornada y de tu convenio. Con 48 horas semanales, el cálculo exacto es 48 × 52 semanas ÷ 12 meses = 208 horas. Muchos convenios, como el de empleados de comercio, usan 200 horas. Si tu jornada es de 40 horas semanales, el divisor es de unas 173 horas. Revisá tu convenio o tu recibo: a veces el valor de la hora figura directamente.

Hora al 50 % = valor hora × 1,5 · Hora al 100 % = valor hora × 2

Ejemplo con números

Lucía cobra $ 1.040.000 por mes con una jornada de 48 horas semanales. Su hora común vale 1.040.000 ÷ 208 = $ 5.000. En septiembre hizo 10 horas extra entre semana y 4 horas un domingo:

Cómo aparecen en el recibo y qué hacer si no te las pagan

Las horas extra figuran en el recibo como un concepto separado, por ejemplo «Horas extra 50 %» y «Horas extra 100 %», con la cantidad de horas y el valor de cada una. Controlá que la cantidad coincida con tu registro personal y que el valor de la hora esté bien calculado. Conviene anotar cada día la hora de entrada y de salida: si hay un reclamo, ese registro ayuda a probar las horas trabajadas.

Si no te pagan las horas extra, primero consultalo con Recursos Humanos o con tu delegado gremial. Si no se resuelve, podés intimar al empleador por carta documento y reclamar ante el organismo laboral de tu provincia. Las diferencias salariales se pueden reclamar hasta dos años hacia atrás, que es el plazo de prescripción de los créditos laborales.

Límites y banco de horas

El Decreto 484/2000 fija un tope de 3 horas extra por día, 30 por mes y 200 por año, y siempre se debe respetar un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas. La Ley 27.802 de 2026 permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito un banco de horas o francos compensatorios en lugar de pagar las horas extra, siempre que el acuerdo sea voluntario, fije límites y tenga un registro fehaciente de las horas. Si las horas se pagan, los recargos del 50 % y el 100 % se mantienen.

Las horas extra son remunerativas: tienen aportes y se tienen en cuenta para el aguinaldo y las vacaciones cuando son habituales. El resultado de esta calculadora es orientativo; tu convenio puede tener recargos más altos.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga la hora extra?

Según el artículo 201 de la Ley de Contrato de Trabajo, con un recargo del 50 % sobre el valor de la hora común en días hábiles, y del 100 % los sábados después de las 13, los domingos y los feriados.

¿Cómo se calcula el valor de la hora?

Dividiendo el sueldo mensual por las horas que se trabajan en un mes. Con una jornada de 48 horas semanales se suelen usar 200 horas (como en el convenio de comercio) o 208 horas (48 × 52 ÷ 12). Revisá cuál usa tu convenio.

¿Cuántas horas extra se pueden hacer?

El Decreto 484/2000 fija un máximo de 3 horas extra por día, 30 por mes y 200 por año, sin necesidad de autorización administrativa previa. Siempre hay que respetar el descanso de 12 horas entre jornadas.

¿Qué cambió con la reforma laboral de 2026?

La Ley 27.802 permite acordar por escrito un banco de horas o francos compensatorios, en lugar de pagar las horas extra, siempre que sea voluntario, con límites y con un registro fehaciente. El recargo del 50 % y el 100 % se mantiene cuando las horas se pagan.

¿Las horas extra pagan aportes y Ganancias?

Pagan aportes como cualquier concepto remunerativo. En Ganancias, las horas extra de los trabajadores en relación de dependencia están exentas en la parte que corresponde al recargo, según la ley del impuesto.

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